Consejo Directivo de la
Facultad de Derecho de la Universidad Nacional
de Rosario:
Visto:
Que en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional
de Rosario, una gran cantidad de estudiantes optan por rendir materias en
calidad de alumno libre, es adecuado buscar un mecanismo de fomento para el
cursado regular de las materias.
Que
esto ha generado encontrar materias con escasa cantidad de estudiantes en
calidad de alumno regular, hallando posteriormente centenares de alumnos en
calidad de libre inscriptos en las planillas de las respectivas mesas de
exámenes.
Que existen
facultades dentro de la Universidad Nacional
de Rosario que fomentan el cursado regular de la materia, otorgando derechos a
los alumnos que demostraron interés en la misma; con el claro objetivo de
lograr una formación adecuada del futuro profesional, además de revalorizar la
tarea de los docentes.
Considerando:
Que
“el libro no reemplaza al profesor, ni el profesor al libro”, así, es de vital
importancia que el alumno pueda acceder a las explicaciones vertidas por el docente en diferentes temáticas de
difícil compresión, jerarquizando el cursado regular.
Que durante el
cursado de una materia en particular, el alumno confluye en un proceso
didáctico con el docente que lo
enriquecerá como futuro profesional.
Que durante un
cursado regular de la materia, el alumno cuenta con un mayor espacio de tiempo
a fin de lograr una compresión progresiva de la misma, lo cual generara un conocimiento más profundo y amplio de la asignatura.
Que para
nuestra profesión la actividad docente
tiene sumo prestigio, inclusive siendo de
relevancia para acceder a la
carrera de la magistratura. Esto genera
encontrar en nuestra alta casa de estudio prestigiosos juristas, que por el
poco fomento del cursado en nuestra Facultad, muchos estudiantes quedan fuera
de participar de clases donde el mundo del Derecho es abordado desde una óptica
más profunda que lo que pueda expresar algún texto.
Que en el mes de
Febrero no se desarrollan clases, y por ende, los docentes contarían con un
mayor espacio de tiempo para evaluar en dos oportunidades a los alumnos
regulares.
RESUELVE:
ARTÍCULO 1: Apruébese el examen recuperatorio para alumnos
regulares en el tuno libre de Febrero en todas las materias que lo conforman.
ARTÍCULO 2: Establézcase el
plazo mínimo de diez (10) corridos entre la publicación de un examen y la fecha
en que se tomará el respectivo recuperatorio del turno libre.
ARTÍCULO 3: La Secretaría Estudiantil
será el organismo encargado de la implementación y puesta en marcha de esta
reforma con la cooperación de la Secretaría Académica.
ARTÍCULO 4: De forma.
Leandro Gallardo
Consejero Estudiantil